¿Qué se considera una falta justificada
Un trabajador que ingresa a laborar en una empresa debe de firmar un contrato, en este se especifica la jornada laboral, así como días que gozará como descanso. El termino de ausentismo o falta hace referencia a la acción de no presentarse a laborar en el horario y día que le corresponde al trabajador, esta puede ser justificada o injustificada.
Una falta justificada es cuando existe un documento probatorio que justifica la ausencia laboral por parte del trabajador, como puede ser una receta médica no emitida por el IMSS, un justificante legal, citas con autoridades gubernamentales, etc. La idea de estos documentos es justificar la ausencia, hay algo que avala que no pudo estar en el horario que le correspondía en la empresa.
Ahora, una falta injustificada se deriva cuando el trabajador simplemente falta y no tiene como comprobar en donde estuvo o porque falto, aunque ambas ausencias deben contemplarse para el descuento en nómina estas pueden tener consecuencias distintas por parte del patrón.
Leve: Si solo se tiene una falta en el mesGrave: Cuando se tiene de 2 a 4 faltas en el mesMuy Grave: Si ocurre mas de 5 veces en el mes.
Espera! Conoce nuestro plan Business y de forma inmediata comenzarás a usar nuestro software de nómina en línea Como hemos comentado para cualquier tipo de ausentismo normalmente se realiza el descuento vía nomina, y para el caso de las ausencias que son continuas y por 4 o más el empleador puede rescindir el contrato laboral, esto es porque muchas empresas tienen en sus contratos que hasta cierto numero de faltas te darían de baja de la empresa y que también esta regulado por la ley federal de trabajo, por lo que, si no cumples con ese número, solo se te estarían descontando de la nómina.
¿Cuántos días se puede faltar al colegio sin justificar
Educación expedientará por absentismo al faltar más de dos días en un mes a clase sin justificar La Consellería de Educación acaba de establecer, por primera vez, un protocolo común para todos los colegios de Galicia para controlar la asistencia a clase, un indicador que incide directamente en el éxito o el fracaso del alumnado medido incluso en el informe PISA.
- Con el procedimiento unificado, los profesores tendrán que abrir expediente por absentismo a los alumnos que falten dos días a clase sin justificación.
- La nueva norma considera “absentismo: un número de faltas sin justificar superior al 10% del horario lectivo de un determinado mes”.
- Teniendo en cuenta que en Secundaria y Bachillerato el calendario lectivo semanal es de 32 horas (128 al mes), el centro abrirá expediente a partir de las dos jornadas de ausencia mensuales, calculando las faltas unidas, o entre 12 y 13 horas separadas, es decir, distribuidas a lo largo del mes.
En el caso de Primaria el horario mensual más común es de 100 horas lectivas (25 semanales), según explica el propio sector, de manera que el 10% del horario de faltas serían 10 horas (dos días de clase). El protocolo también especifica qué documentos sirven para justificar las faltas: desde partes médicos a prueba formal de asistencia a un examen por ejemplo.
- Hasta ahora cada centro educativo tenía su propio sistema para controlar la ausencia: algunos colegios optaban por mandar las faltas a casa, otros por comunicarlo vía telefónica y también existían modelos de envío de mensajes (móvil o correo).
- El conselleiro de Educación, Jesús Vázquez, que presentó ayer el protocolo en el Mupega a equipos directivos, docentes, orientadores y a los demás agentes implicados en la educación, abogó en el acto por una “escuela inclusiva” para que ningún joven “quede apartado de las aulas por sus circunstancias particulares y pueda alcanzar altas tasas de éxito”.
Plazos establecidos Con el nuevo documento de Educación se unifican los distintos sistemas también para el control de la asistencia por parte del profesorado: será obligatorio pasar lista en clase. “El profesor deberá realizar diariamente el control de asistencia y comunicar las faltas (justificadas y no justificadas) a las familias o tutores legales en los cinco primeros días del mes siguiente”, según consta en el protocolo.
- Vázquez Abad aludió a la importancia de establecer plazos “para minimizar el efecto negativo del absentismo en la vida escolar”.
- En caso de que el número de faltas sin justificar supere el 10% del horario lectivo del mes, el profesor iniciará el expediente de absentismo y comunicará la situación a la jefatura de estudios para, acto seguido, convocar a los padres del alumno en cuestión.
El inicio del expediente se hará en los siete primeros días de mes (con respecto a las faltas del anterior). “Si tras la reunión con la familia se logra reconducir la situación se paraliza el proceso y se archiva el expediente. En caso contrario, será la jefatura de estudios la que convoque a la familia para intentar resolver la situación”, apunta Educación.
De no arreglarse, la dirección del centro lo notificará al Servicio Territorial de Inspección Educativa correspondiente y al concello de residencia del alumna o alumno, “en el plazo máximo de 30 días naturales desde el inicio del expediente. El conselleiro de Educación expresó que en la actualidad el absentismo en Galicia no supone un problema: “afecta a menos del 0,2% de la población escolar”.
De un alumnado de más de 350.000 alumnos en la comunidad, afectaría a algo más de 700. : Educación expedientará por absentismo al faltar más de dos días en un mes a clase sin justificar